martes, 16 de octubre de 2012
domingo, 14 de octubre de 2012
Etnias del Ecuador
Según la nueva
Constitución Política del Ecuador 2008 en el capítulo
cuarto: Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades. (Artículo
56-60). Las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afro ecuatoriano, el pueblo
montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.
Se les reconoce y garantiza de conformidad con la Constitución y con los pactos,
convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos. Como: respetar sus
territorios, mantener la posesión de las tierras ancestrales, no ser objeto de
racismo, participar en la conservación de los recursos naturales, consultar
acerca de la explotación de los recursos no renovables que se encuentren en sus
tierras, conservar y desarrollar sus formas de convivencia y organización
social, mantener los conocimientos colectivos, proteger su patrimonio cultural
e histórico, desarrollar el sistema de educación, mantener organizaciones que
les respeten, participar mediante representantes en los organismos oficiales
que determine la ley, ser consultados antes de una medida legislativa, mantener
las relaciones con otros pueblos, la lilitación de actividades militares en sus
territorios, creación de sus propios medios de comunicación,los territorios de
los pueblos en aislamiento son de posesión ancestral irreductible e intangible
estará vedada todo tipo de actividad extractiva.
Se reconoce los derechos colectivos
de las nacionalidades.
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